Servicio de
Tramitación de licencias para alquiler turístico
Nos encargamos de tramitar la licencia que te permitirá gestionar tu inmueble como vivienda turística y consiguir ingresos por su alquiler siempre que quieras.
Cómo realizamos el trámite
El proceso de tramitación que llevaremos a cabo consistirá en reunir y cumplimentar la documentación exigida por la normativa y efectuar el correspondiente trámite telemático que se requiere para la inscripción de la vivienda en el registro de Turismo de Cataluña, siendo actualmente la única vía para poder realizarlo.
Anteriormente el trámite se efectuaba a través de la administración local en la que se encontrara el inmueble, pero con la entrada en vigor de la nueva normativa, este procedimiento se realiza directamente con el Departamento de Turismo y exclusivamente por vía telemática.
Nosotros utilizaremos nuestro propio certificado electrónico para efectuar el trámite en representación tuya y le daremos seguimiento al expediente hasta la finalización del procedimiento.
Qué necesitaremos para efectuar el trámite
Para llevar a cabo el trámite, es importante que hayamos revisado previamente el cumplimiento de los requisitos exigidos a tu vivienda, por lo que primero será necesario que adquieras nuestro servicio de confección del informe de viabilidad de licencia para vivienda de uso turístico, el cual da inicio a nuestro procedimiento de obtención de licencia turística y culmina con el presente servicio de tramitación.
Dicho informe incluye la comprobación de la documentación y elementos esenciales que deberá tener la vivienda antes de realizar el trámite. En caso de que falte cualquier cosa, te indicaremos la manera de subsanarlo para que obtengas la licencia de alquiler turístico sin ningún problema.
En cuanto nos hayas facilitado la documentación, podremos efectuar el trámite que te permitirá empezar a alquilar tu vivienda.
Cómo sabrás si el trámite se ha realizado con éxito y dispones ya de la licencia turística
Aunque popularmente se hable de «licencia turística», la verdad es que no existe ningún documento que la Administración expida como tal, es decir, que no se trata de un diploma, título, cartel o documento oficial similar, sino de un número de inscripción en el Registro de Turismo de Cataluña que la propia Administración le comunica al propietario de la vivienda conforme el trámite de solicitud ha concluido con éxito.
Puesto que tramitaremos toda la documentación a tu nombre, después de unos días será el Departamento de Turismo quien te envíe un correo electrónico con el Número de Inscripción del Registro de Turismo de Cataluña (NIRTC) asignado a tu vivienda. Hasta entonces, tu ya habrás recibido el comprobante de la gestión realizada por nosotros, que incluirá la copia de la documentación tramitada y el código de seguimiento del expediente, al cual también le daremos seguimiento hasta la confirmación de la finalización del trámite.